El Canto de La Pasión de Orihuela está más cerca de ser reconocido como bien de interés cultural inmaterial, siete años después de que fuera solicitado a la Generalitat Valenciana por el Ayuntamiento oriolano y los dos grupos que sostienen la antiquísima manifestación cultural (Grupo de Cantores de La Pasión y Grupo de Cantores de la Primitiva Pasión Federico Rogel), con el respaldo de un nutrido grupo de entidades representativas de la sociedad civil oriolana.  La completa documentación aportada por los solicitantes incluye una exhaustiva memoria y sendos informes musicológicos (el segundo de ellos gestionado en los últimos meses por la Fundación Patronato Histórico Artístico de la Ciudad de Orihuela y redactado por el prestigioso compositor, director y miembro correspondiente de la Real Academia de Bellas Artes San Carlos de Valencia, Francisco Grau Vegara)

Tanto el Servicio Territorial de Cultura y Deporte de Alicante como el Institut Valencià de Cultura-Dirección Adjunta de Música y Cultura Popular Valenciana y la Comisión Técnica para el Estudio e Inventario del Patrimonio Inmaterial han emitido sus informes favorables y ha permitido que, por fin, se haya publicado hoy en el DOGV la resolución del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Vicent Marzà, por la que se acuerda incoar oficialmente el expediente para declarar bien de interés cultural inmaterial el Canto de la Pasión de Orihuela.

La protección del Canto de La Pasión de Orihuela como patrimonio cultural inmaterial –según recoge la resolución del conseller- se concretará  en las medidas siguientes: realizar labores de identificación, descripción, investigación, estudio y documentación con criterios científicos; incorporar los testigos disponibles a apoyos materiales que garanticen la protección y preservación; velar por el desarrollo normal y la pervivencia de esta manifestación cultural, y también tutelar la conservación de sus valores tradicionales y su transmisión a las generaciones futuras. El anexo a la resolución del conseller justifica la incoación del expediente en base al valor histórico, artístico, museológico, literario y etnológico

Una vez transcurrido el plazo del preceptivo periodo de información pública, en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, el expediente será elevado al Consell para la aprobación definitiva, en su caso.